Derechos de los agricultores y convenio UPOV/91
Título
Derechos de los agricultores y convenio UPOV/91
Autor
Martín Uribe Arbeláez
Descripción
El Convenio UPOV de 1991 extiende el contenido de los derechos del obtentor hasta el “producto de la cosecha” o el “fabricado” a partir de ella, restringiendo al mínimo la ancestral costumbre campesina de seleccionar, limpiar, conservar, resembrar, intercambiar y vender semillas en el mercado local. Esto tiene innegables consecuencias sociales que ponen en peligro la economía campesina, al igual que la seguridad y la soberanía alimentarias. El artículo 27.3 literal b) adpic ignora las disposiciones del CDB y el TIRFAA, y otros instrumentos internacionales de igual o superior jerarquía. El artículo 26 de la Decisión 345 de 1993, que sólo prohíbe el derecho de paisanaje y las inmemoriales costumbres de las comunidades campesinas en especies de plantas o variedades de reproducción asexuada, no es aplicado por las autoridades colombianas. La “excepción facultativa” que prevé la versión UPOV de 1991, es apenas un simple saludo a la bandera. La Ley de INDIA de 2001 es una alternativa que concilia los derechos del obtentor con los de los agricultores y reconoce el fitomejoramiento realizado por las comunidades indígenas o nativas y campesinas.
Fecha
2016
Materia
ADPIC, CDB, Decisión 345, TIRFAA, UPOV, fitomejoradores
Identificador
10.18601/16571959.n21.06
Fuente
La Propiedad Inmaterial
Editor
Universidad Externado de Colombia
Cobertura
Law in general. Comparative and uniform law. Jurisprudence
Colección
Citación
Martín Uribe Arbeláez, “Derechos de los agricultores y convenio UPOV/91,” SOCICT Open, consulta 19 de abril de 2026, https://www.socictopen.socict.org/items/show/19961.
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